El doctor Pablo Martin Teler Reyes, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 12, resolvió avalar una medida cautelar en beneficio de la empresa Yapiré SRL ordenando a la Municipalidad de Corrientes se abstenga de aplicar lo dispuesto por la Resolución 2135/16 respecto a la venta, suministro donación y o consumo de bebidas alcohólicas. Ante ello, la empresa mencionada queda habilitada para vender dicho producto en las fiestas de recepción. La medida podría determinar que otras empresas imiten la solicitud.

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La Resolución 2135/16 establece que no está permitido la venta de bebidas alcohólicas en las fiestas de recepción.

Desde el Municipio adelantaron que apelarán la medida. “Vamos a agotar todas las instancias judiciales necesarias para dejar sin efecto esta medida. Esperamos acceder a los fundamentos de la decisión para luego proceder, pero nos interesa que la opinión pública sepa que la Justicia está autorizando la venta de alcohol y no el Municipio”, aclaró.