Ya tiene media sanción en el Senado una ley que impone tanto multas económicas como condenas de cárcel a quien divulgue material erótico sin consentimiento de sus dueños.

 

La difusión de imágenes eróticas de una persona sin su consentimiento ahora podría ser objeto de fuertes sanciones económicas e incluso de penas de cárcel.
Así lo establece un proyecto de ley que ya tiene media sanción del Senado y aprobación de la la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, que preside la diputada por la UCR Gabriela Burgos.
La comisión también estableció leves modificaciones al proyecto, que determinaron multas que van desde los 50 mil a los 300 mil pesos para el que «por cualquier medio y sin autorización, difundiere, divulgare, distribuyere o de cualquier modo pusiere al alcance de terceros un vídeo, imagen o cualquier material sobre desnudos, semidesnudos o material erótico de otra persona, que sea privado, cuando menoscabe la intimidad de la víctima».
Mientras tanto, quien incurra en la conducta previamente descrita pero «transgrediendo por primera vez la presunta expectativa de intimidad» -es decir, teniendo algún tipo de relación directa con la víctima- podría recibir una pena de entre tres meses y tres años de prisión.

 

«Esto hace que se diferencie quien traiciona la confianza de la otra persona -que en la mayoría de los casos es quien obtiene el material de una pareja, ex pareja, o alguien con quien tiene o tuvo algún tipo de relación- penándolo con años de prisión, de aquel que solamente difunde o ayuda a difundir dicho material que sólo será multado con suma dineraria», explica al respecto Burgos.
«Es necesario prevenir, concientizar y castigar sobre esta práctica degradante que, en la mayoría de los casos, es producida contra la mujer», agrega la diputada. «Genera un daño irreparable psicológica y socialmente, perturba tanto a la persona como a su desenvolvimiento en la sociedad y aumenta día a día».